Micelio

Artículo 1

º A Partir Del 1º De Enero De 1986, Establécese La Siguiente Escala De Remuneración Para Los Empleos Del Área Técnico - Científica Del Instituto Nacional De Investigaciones Geológico - Mineras - Ingeominas -: Grado Asignacion Basica 01 $ 68

Decreto 71 de 1986 · por el cual se establece la escala de remuneración de los empleos del área Técnico-Científica del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras – Ingeominas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir del 1º de enero de 1986, establécese la siguiente escala de remuneración para los empleos del área Técnico - Científica del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico - Mineras - Ingeominas -: GRADO ASIGNACION BASICA 01 $ 68.555 02 72.210 03 76.600 04 80.055 05 84.245 06 89.290 07 93.795 08 100.520 09 107.110 10 115.530

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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