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Artículo 2.18.3.1.7

Porcentaje De La Deducción Y Retención Como Mecanismo De Pago Contingente Al Ingreso Para Nuevas Obligaciones Contraídas Con El Icetex Para Las Personas Naturales Que Generan Ingresos Por La Prestación De Sus Servicios De Manera Independiente

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Porcentaje de la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX para las personas naturales que generan ingresos por la prestación de sus servicios de manera independiente. El porcentaje de la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX aplicable a las personas naturales que generan ingresos por la prestación de sus servicios de manera independiente será proporcional a los ingresos percibidos por aquellas considerando los valores anuales de los desembolsos de la nueva obligación y acorde con los porcentajes que se incluyen en la siguiente tabla:

Parágrafo

Cuando por inicio o terminación de la prestación del servicio resulte un periodo inferior a un (1) mes, la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX se efectuará sobre el valor proporcional según el número de días que corresponda. Cuando los pagos por la prestación de servicios se efectúen por periodos superiores a un (1) mes, para efectos de la deducción y retención, el retenedor deberá dividirlos en valores que permitan identificar a cuánto ascendieron los pagos mensuales a fin de establecer el porcentaje de la deducción y retención aplicable. En aquellos casos en que el contratista tenga suscritos varios contratos de prestación de servicios, la deducción y retención se efectuará sobre el valor resultante en cada uno de los contratos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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