º Para los efectos administrativos y fiscales pertinentes, los Municipios de Cravo Norte y Puerto Rondón, comenzarán a funcionar el primero (1º) de mayo de mil novecientos ochenta y siete (1987).
Decreto 677 de 1987 →Vigente
Artículo 7
Para Los Efectos Administrativos Y Fiscales Pertinentes, Los Municipios De Cravo Norte Y Puerto Rondón, Comenzarán A Funcionar El Primero (1º) De Mayo De Mil Novecientos Ochenta Y Siete (1987)
Decreto 677 de 1987 · por el cual se crean los Municipios de Cravo Norte y Puerto Rondón.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.