Para efectos de la presente ley, adóptense las definiciones de las siguientes especialidades:
De olfato: adiestramiento del perro para la búsqueda de narcóticos, explosivos u otras sustancias u objetos, incluidos las orgánicas; b) Defensa controlada: adiestramiento del perro para alertar, inmovilizar y retener a agresores. En esta especialidad los perros utilizados son considerados de manejo especial y su uso está regulado por la normatividad vigente en la materia.