Micelio

Artículo 23

Decreto 627 de 1887 · Por el cual se reorganiza la renta de licores destilados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 23. Hecha esta visita, cada Agente de policía dará cuenta de ella al Alcalde, quien formará una relación de todas las patentes exhibidas y de los alambiques sellados, para mandarla al respectivo Prefecto por el primer correo ; ésta, á su turno, hará un resumen de las relaciones de las Provincias y la pasará al Secretario de Hacienda y al Tesorero del Departamento. Si el Prefecto, ó el Alcalde notaren por estas relaciones que se ha cometido algún fraude, promoverá inmediatamente, lo conducente para castigarlo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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