°. Culminación de la liquidación del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe en Liquidación) . El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio podrá designar un funcionario de la planta del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para que en un término no superior a cuatro (4) meses, contados a partir de la comunicación del acto administrativo de designación, realice los ajustes al informe final de liquidación y suscriba el acta de liquidación, en los términos del Decreto-ley 254 de 2000. Para tales efectos, el funcionario designado deberá tener en cuenta las observaciones efectuadas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Antes de proceder con la suscripción del acta final, el funcionario designado presentará ante el representante legal del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio receptor de los bienes, derechos y obligaciones y ante la Contaduría General de la Nación, los estados financieros y demás información económica y social de la entidad liquidada.