Micelio

Artículo 1

Culminación De La Liquidación Del Instituto Nacional De Vivienda De Interés Social Y Reforma Urbana (Inurbe En Liquidación)

Decreto 2328 de 2013 · por el cual se expiden disposiciones respecto a la liquidación del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe), en Liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Culminación de la liquidación del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe en Liquidación) . El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio podrá designar un funcionario de la planta del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para que en un término no superior a cuatro (4) meses, contados a partir de la comunicación del acto administrativo de designación, realice los ajustes al informe final de liquidación y suscriba el acta de liquidación, en los términos del Decreto-ley 254 de 2000. Para tales efectos, el funcionario designado deberá tener en cuenta las observaciones efectuadas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Parágrafo

Antes de proceder con la suscripción del acta final, el funcionario designado presentará ante el representante legal del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio receptor de los bienes, derechos y obligaciones y ante la Contaduría General de la Nación, los estados financieros y demás información económica y social de la entidad liquidada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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