Comisión Nacional Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera. La Comisión Nacional Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera será un órgano asesor para el desarrollo de los objetivos y funciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en cuanto a la facilitación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las operaciones aduaneras y cambiarias y la prevención y represión de las infracciones a los regímenes tributario, de aduanas y cambiario. Estará integrada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado quien la presidirá, Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, el Director de Impuestos, el Director de Aduanas, el Secretario General, quien ejercerá la Secretaría, delegados y representantes de los gremios y entidades interesados en los objetivos señalados. La comisión se reunirá mensualmente o por convocatoria especial del Ministro de Hacienda y Crédito Público, del Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales o por dos de sus miembros. Los Subdirectores de área asistirán según convocatoria que efectúe el Director General o el Secretario de la Comisión.
Decreto 1693 de 1997 →Vigente
Artículo 18
Decreto 1693 de 1997 · por el cual se separa funcionalmente la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.