º. Ordenar la suspensión de operaciones militares y operativos policiales en contra de los miembros del Estado Mayor Central FARC-EP que participen en el proceso de paz y se encuentren dentro de los procedimientos para la ejecución del Acuerdo del CFBTN y los protocolos pertinentes. La suspensión de operaciones militares y operativos policiales se hará sin perjuicio del cumplimiento de la función y obligación constitucional y legal de la Fuerza Pública de preservar la integridad del territorio nacional, el orden constitucional y asegurar las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas en todo el territorio nacional.
Artículo 2
Ordenar La Suspensión De Operaciones Militares Y Operativos Policiales En Contra De Los Miembros Del Estado Mayor Central Farc-Ep Que Participen En El Proceso De Paz Y Se Encuentren Dentro De Los Procedimientos Para La Ejecución Del Acuerdo Del Cfbtn Y Los Protocolos Pertinentes
Decreto 2656 de 2022 · por el cual se decreta el Cese al Fuego Bilateral y Temporal de carácter Nacional, en el marco del diálogo de carácter político entre el Gobierno nacional y el Estado Mayor Central FARC-EP, y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.