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Artículo 12

El Artículo 15 Del Decreto Número 3110 De 1954 Quedara Así: "articulo 15

Decreto 282 de 1957 · Por el cual se dictan varias disposiciones relacionadas con la Corporación Autónoma Regional del Cauca, y se modifica el artículo 15 del Decreto número 3110 de 1954

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 15 del Decreto número 3110 de 1954 quedara así: "Articulo 15. El orden de prelación para ejecución del programa que adopte la Corporación por medio del Consejo Directivo, junto con el presupuesto de gastos correspondientes, en moneda nacional y extranjera, serán aprobados por el Consejo Nacional de Economía. "Los planes y programas de la Corporación que adquieran el carácter de definitivos de conformidad con el inciso anterior, implican que las empresas necesarias para su desarrollo son obras útiles y benéficas, dignas del estímulo y apoyo de las demás entidades públicas, y se entenderán, para todos los efectos constitucionales, incorporados a los planes nacionales".

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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