Micelio

Artículo 13

Decreto 97 de 1989 · Por el cual se reforma el estatuto de carrera de Agentes de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DEL INGRESO A LA ESCUELA DE SUBOFICIALES. Los Agentes de la Policía Nacional en servicio activo que hayan servido a la Institución un mínimo de dos (2) años podrán ingresar a la Escuela de Formación de Suboficiales, previo el lleno de los requisitos que se establezcan en la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.

Parágrafo

El personal de Agentes a que se refiere el presente artículo pasará en comisión de estudios durante, el tiempo del curso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 97 de 1989