Micelio

Artículo 7

Ley 18 de 1991 · por la cual se ordena el control de las sustancias y métodos prohibidos en el deporte.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos disciplinarios, se consideran infracciones por faltas graves contra la sana competición y la disciplina deportiva, la promoción, incitación o utilización de las prácticas prohibidas a que se refiere el artículo 1º. de la presente Ley, así como la negativa a someterse a los controles exigidos por órganos o personas competentes o cualquier omisión que impida o perturbe la correcta realización de dichos controles.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 18 de 1991