A partir del 1° de enero de 2009, la asignación básica mensual para los empleos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, cuya denominación del cargo no esté señalada en los artículos anteriores, se regirá por la siguiente escala: GRADO ASIGNACION MENSUAL GRADO ASIGNACION MENSUAL 1 575.068 14 2.457.372 2 671.921 15 2.505.327 3 800.348 16 2.749.456 4 946.889 17 3.198.470 5 1.072.646 18 3.590.085 6 1.213.575 19 3.969.506 GRADO ASIGNACION MENSUAL GRADO ASIGNACION MENSUAL 7 1.355.654 20 4.383.336 8 1.516.023 21 4.734.955 9 1.640.704 22 5.097.969 10 1.820.523 23 5.738.369 11 1.938.047 24 6.481.121 12 2.127.409 25 7.424.965 13 2.313.674
Los funcionarios y empleados del Ministerio Público que no optaron por el régimen establecido en los Decretos 54 de 1993 y 107 de 1994, tendrán derecho a partir del 1° de enero de 2009 a un reajuste de la remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de representación venían percibiendo a 31 de diciembre de 2008, del siete punto sesenta y siete por ciento (7.67%). Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se ajustarán al peso siguiente.