Micelio

Artículo 15

A Partir Del 1° De Enero De 2009, La Asignación Básica Mensual Para Los Empleos De La Procuraduría General De La Nación Y La Defensoría Del Pueblo, Cuya Denominación Del Cargo No Esté Señalada En Los Artículos Anteriores, Se Regirá Por La Siguiente Escala: Grado Asignacion Mensual Grado Asignacion Mensual 1 575

Decreto 726 de 2009 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del 1° de enero de 2009, la asignación básica mensual para los empleos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, cuya denominación del cargo no esté señalada en los artículos anteriores, se regirá por la siguiente escala: GRADO ASIGNACION MENSUAL GRADO ASIGNACION MENSUAL 1 575.068 14 2.457.372 2 671.921 15 2.505.327 3 800.348 16 2.749.456 4 946.889 17 3.198.470 5 1.072.646 18 3.590.085 6 1.213.575 19 3.969.506 GRADO ASIGNACION MENSUAL GRADO ASIGNACION MENSUAL 7 1.355.654 20 4.383.336 8 1.516.023 21 4.734.955 9 1.640.704 22 5.097.969 10 1.820.523 23 5.738.369 11 1.938.047 24 6.481.121 12 2.127.409 25 7.424.965 13 2.313.674

Parágrafo

Los funcionarios y empleados del Ministerio Público que no optaron por el régimen establecido en los Decretos 54 de 1993 y 107 de 1994, tendrán derecho a partir del 1° de enero de 2009 a un reajuste de la remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de representación venían percibiendo a 31 de diciembre de 2008, del siete punto sesenta y siete por ciento (7.67%). Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se ajustarán al peso siguiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 726 de 2009