° La partida que se apropie en el Presupuesto Nacional con destino a obras de fomento municipal, se distribuirá entre los Departamentos y Territorios Nacionales, en la siguiente forma: el 25% en partidas iguales para cada Departamento, Intendencia o Comisaría, y el 75% restante únicamente entre los Departamentos, en proporción al número de los Municipios de cada Departamento que carezca de servicios públicos o de algunos de ellos.
Artículo 2
La Partida Que Se Apropie En El Presupuesto Nacional Con Destino A Obras De Fomento Municipal, Se Distribuirá Entre Los Departamentos Y Territorios Nacionales, En La Siguiente Forma: El 25% En Partidas Iguales Para Cada Departamento, Intendencia O Comisaría, Y El 75% Restante Únicamente Entre Los Departamentos, En Proporción Al Número De Los Municipios De Cada Departamento Que Carezca De Servicios Públicos O De Algunos De Ellos
Decreto 2838 de 1954 · por el cual se dictan disposiciones para nacionalizar la Educación Primaria e incrementar el Fomento Municipal.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.