Micelio

Artículo 9

Ley 60 de 1882 · "sobre garantí­as para personas y propiedades en tiempo de guerra."

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 9.° En todo caso queda prohibido en absoluto el reclutamiento forzoso en tiempo de guerra para la formacion del Ejército de la Union, el cual se formará con el contingente que suministren los Estados, conforme á su legislacion, por el sistema de enganchamiento ó de contratos voluntarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 60 de 1882