Micelio

Artículo 5

º

Decreto 1402 de 1994 · por el cual se establece el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. DE LA ASIGNACION BASICA. La remuneración básica correspondiente a los distintos empleos de funcionarios de seguridad social y trabajadores oficiales de la Planta Global de Personal del Instituto de Seguros Sociales se rige por las siguientes reglas: - Se les aplica las normas salariales establecidas por el Decreto Ley 112 de 1986 modificado por el Decreto 186 de 1987, y por las normas que la adicionen o reformen. - La asignación básica al ingreso al servicio de los servidores que se benefician con la Escala de Indices establecida en el Decreto-ley 112 de 1986 es la correspondiente al Grado del respectivo cargo en el Nivel A. - En los casos de ascenso, la asignación básica es la corrrespondiente a la columna del Nivel A del Grado en que se encuentre ubicado el nuevo cargo. Si ella fuere inferior a la que devengaba el servidor, se le asignará el mismo Nivel o el inmediatamente superior, dentro del Grado del nuevo empleo. Los servidores de que tratan los literales A y B del artículo 4º del presente Decreto cuya asignación es fijada por Ley o Decreto, sólo podrán devengar ésta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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