Micelio

Artículo 2

Funciones

Decreto 1934 de 1993 · por el cual se expide el Reglamento de Funcionamiento del Comité Minero Cooperativo, Comincoop.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Funciones. El Comité Minero Cooperativo ejercerá, además de las establecidas en el artículo 158 del Decreto 2655 de 1988, las siguientes funciones

1.

Recomendar al Ministerio, y a sus entidades adscritas y vinculadas, los programas de asistencia técnica, capacitación y fomento minero dirigidos a las empresas cooperativas y precooperativas de conformidad a los criterios fijados.

2.

Recomendar a las entidades que conforman el Comité, los planes y formas de participación de cada una de éstas en la ejecución de las políticas trazadas.

3.

Procurar que los fines de las cooperativas y precooperativas mineras, se ajusten a lo establecido en el artículo 149 del Decreto 2655 de 1988 (Código de Minas).

4.

Asesorar y recomendar al Ministerio y a sus entidades adscritas y vinculadas, los criterios generales para la celebración de contratos con empresas cooperativas y precooperativas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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