Micelio

Artículo 1.2.1.2.18

Ciclo Aplicable Para Los Recursos De La Asignación Para La Inversión En Ciencia, Tecnología E Innovación Ambiental

Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ciclo aplicable para los recursos de la Asignación para la Inversión en Ciencia, Tecnología e Innovación Ambiental. Los recursos de la Asignación para la Inversión en Ciencia, Tecnología e Innovación Ambiental seguirán el ciclo de proyectos de inversión correspondientes a la Asignación para la Inversión en Ciencia, Tecnología e Innovación. La aprobación de los proyectos de inversión con cargo a los recursos de la Asignación para la Inversión en Ciencia, Tecnología e Innovación Ambiental se fundamentará en un plan de convocatorias construido por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. En las convocatorias los proyectos de inversión con cargo a esta asignación se estructurarán ejercicios de planeación que orienten la inversión, en concertación con los Consejos Departamentales' en Ciencia, Tecnología e Innovación (CODECTI) y los Institutos de Investigación del Sistema Nacional Ambiental designados por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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