Micelio

Artículo 1

Decreto 1668 de 1997 · por el cual se suprime el Fondo de Previsión de Notariado y Registro "Fonprenor" y se ordena su liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Supresión y liquidación . Suprímese a partir de la fecha de la publicación del presente Decreto, el Fondo de Previsión Social de Notariado y Registro "Fonprenor", Establecimiento Público del Orden Nacional adscrito al Ministerio de Justicia y el Derecho, creado por la Ley 86 de 1988. En consecuencia, a partir de la vigencia del presente Decreto, dicho Establecimiento entrará en proceso de liquidación, el cual deberá concluir a más tardar el 31 de diciembre de 1997, y utilizará para todos los efectos la denominación Fondo de Previsión Social de Notariado y Registro "Fonprenor" en liquidación. La liquidación se realizará conforme a las disposiciones del presente Decreto, a la reglamentación que para el efecto establezca el Gobierno Nacional y a las normas vigentes sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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