En los boletines individuales, deberán figurar, además de las notas explicativas de los cuadros, las que manifiesten el objeto de la estadística, y tiendan a persuadir que con ella no se vulneran ni menoscaban los derechos, los bienes, los intereses, ni las garantías de los ciudadanos.
Decreto 726 de 1924 →Vigente
Artículo 28
En Los Boletines Individuales, Deberán Figurar, Además De Las Notas Explicativas De Los Cuadros, Las Que Manifiesten El Objeto De La Estadística, Y Tiendan A Persuadir Que Con Ella No Se Vulneran Ni Menoscaban Los Derechos, Los Bienes, Los Intereses, Ni Las Garantías De Los Ciudadanos
Decreto 726 de 1924 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre estadística de las industrias y del trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.