°. En desarrollo de las disposiciones del presente Decreto, los Ministros y Jefes de Departamentos Administrativos procederán a designar Comités de Clasificación para que bajo la dirección de funcionarios de la Sección de Clasificación de Empleos y Remuneración de la Dirección del Presupuesto Nacional, preparen los proyectos de decretos que modifiquen las nóminas de acuerdo con la Escala de Sueldos y la Nomenclatura adoptadas. Estos proyectos deberán ser enviados en un plazo de 45 días, contados a partir de la vigencia del presente Decreto, a la Comisión para la Reforma de la Administración Publica, para que, previo estudio, sea sometidos al Gobierno Nacional.
Los empleados cuyos cargos sean asignados a grados cuyo máximo nivel sea inferior a la remuneración que estén devengando en el momento de adoptarse esta Plan, continuaran recibiendo el mismo sueldo hasta que se retiren, o sean ascendidos o trasladados a otro cargo; una vez vacante el cargo, la asignación será la del grado que corresponde a la clase en la cual ha sido clasificado.