º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior se abre un crédito y se adiciona el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1980, en la suma de setenta millones de pesos ($70.000.000) moneda corriente, de acuerdo, con la siguiente distribución Presupuesto de Gastos. Inversión Directa. PROGRAMA 04 Plan de Pavimentación de Carreteras Nacionales. Artículo 4 Plan Pavimentación Nacional $ 20.000.000 Proyecto 3 Ponedera-Calamar $ 20.000.000 PROGRAMA 08 Estudios, Construcción, Reconstrucción y Pavimentación de Carreteras Troncales Transversales. Artículo 18 Transversal Turbo Medellín Bogotá $ 50.000.000 Proyecto 4 Medellín-Puerto Triunfo 50.000.000 Total Presupuesto de Gastos $ 70.000.000
Decreto 3346 de 1980 →Vigente
Artículo 2
Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior Se Abre Un Crédito Y Se Adiciona El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional De La Vigencia Fiscal De 1980, En La Suma De Setenta Millones De Pesos ($70
Decreto 3346 de 1980 · Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia , en la cantidad de $ 70.000.000
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.