Terminación de comisión a Suboficiales alumnos y obligaciones. A los suboficiales a que se refiere el presente capítulo se les termina la comisión de estudios a solicitud de la Dirección de la Escuela, cuando incurran en algunas de las causales, cuando incurran en algunas de las causales contempladas para tal fin en la reglamentación interna. Cuando el término de la comisión se efectúe por mala conducta o pérdida del curso, el suboficial pagará a la Escuela de Formación de Oficiales un suma equivalente al cincuenta por ciento (50%. del sueldo básico mensual recibido durante su permanencia en el Instituto, suma descontable de su sueldo de actividad o de las prestaciones sociales que le correspondan.
Decreto 2553 de 1975 →Vigente
Artículo 18
Terminación De Comisión A Suboficiales Alumnos Y Obligaciones
Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.