Finalización y entrega del proyecto. Cumplidos los términos para la ejecución del proyecto la(s) persona(s) jurídica(s) realizará(n) la entrega formal y material del mismo en disposición para su uso y funcionamiento a la entidad territorial beneficiaria, adjuntando el informe final de la interventoría en el que esta certifica el recibo a satisfacción.
Posteriormente, la entidad territorial beneficiaria en un plazo no mayor de quince (15) días expedirá certificación de completa ejecución y recibo del proyecto a la(s) persona(s) jurídica(s), con el propósito de que esta(s) última(s) adelante(n) el trámite respectivo ante la Agencia Nacional de Minería o ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos, según corresponda.
El informe final satisfactorio de interventoría será suficiente para que la entidad territorial reciba el proyecto. La entidad territorial solo podrá controvertir este informe final por evidentes violaciones a reglamentos técnicos de construcción aplicables al proyecto correspondiente; estas controversias deberán ser soportadas técnicamente por profesionales idóneos.
En aquellos casos excepcionales en que la entidad territorial presente inconformidades con la evaluación expedida por la interventoría, la entidad territorial y la(s) persona(s) jurídica(s) acudirán a mecanismos alternativos de resolución de conflictos para dirimir la controversia. El costo de este mecanismo será asumido por la(s) persona(s) jurídica(s).
TEXTO CORRESPONDIENTE A