Micelio

Artículo 2

Ley 110 de 1912 · Por el cual se sustituyen el Código Fiscal y las leyes que lo adicionan y reformanVigente Parcial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo J. Mientras no se expidan leyes o decretos especiales que reglamenten la percepción del impuesto consular, seguirán rigiendo las disposiciones del Código Fiscal de 1873, referentes a él, y las leyes y decretos que lo adicionan y reforman, y especialmente la Ley 57 de 1909, "por la cual se fija la tarifa de los derechos consulares", en cuanto no sean contrarios a lo dispuesto en este Código. Empero, el artículo 2º de dicha Ley queda derogado y reemplazado con la siguiente disposición:

Las encomiendas postales pagan como impuesto consular el 5 por 100 sobre el valor de la factura comercial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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