Micelio

Artículo 1

Ley 20 de 1943 · Por la cual se ordena que el Laboratorio de Higiene que funciona en la ciudad de Pasto sea de carácter permanente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Por medio de la presente Ley se ordena que el Laboratorio de Higiene que Funciona actualmente en Pasto, sea permanente, y en este carácter continuará prestando sus servicios a los hospitales y campañas sanitarias que existan en el Departamento de Nariño, con la reglamentación indicada por el Ministerio del ramo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 20 de 1943