Micelio

Artículo 2

Decreto 1194 de 1954 · Poe el cual se acepta una donación y se dictan varias disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Autorizase al Gobierno Nacional para efectuar los traslados que sean necesarios, dentro de las apropiaciones correspondientes a los Ministerios de Salud Pública y Educación Nacional, a fin de apropiar la suma , equivalente en pesos colombianos de doscientos catorce mil dólares (US$ 214.000.00), valor aproximado de los fletes, seguros, embalaje y demás gastos inherentes a la importación al país, de los alimentos donados por el Gobierno de los Estados Unidos, como consecuencia de las gestiones de la CARE.

Parágrafo

Una vez apropiada la suma a que se refiere el presente artículo, el Gobierno Nacional constituirá por ese valor una Carta de Crédito sobre Nueva York, a favor de la "Cooperativa Americana de Remesas al Exterior (CARE) Inc.", a fin de que esta entidad pueda atender a los gastos de embarques de estos alimentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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