Micelio

Artículo 58

Rendición De Cuentas A Fideicomitentes Y/O Beneficiarios

Decreto 2211 de 2004 · por medio del cual se determina el procedimiento aplicable a las entidades financieras sujetas a toma de posesión y liquidación forzosa administrativa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Rendición de cuentas a fideicomitentes y/o beneficiarios . La rendición de cuentas a los fideicomitentes y/o beneficiarios se realizará en las fechas y en los mismos términos establecidos en los dos artículos precedentes y adicionalmente contendrá la información específica de cada uno de los contratos administrados por la institución fiduciaria en liquidación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2211 de 2004