Micelio

Artículo 12

Las Tarifas Serán Aplicadas Sobre El Avalúo Catastral De Los Terrenos Vigentes En 31 De Diciembre De Cada Año, En Cuyo Efecto Las Oficinas De Catastro Deberán Discriminar El Valor De Los Terrenos Y El De Las Construcciones

Decreto 374 de 1962 · Por medio del cual se reglamentan los artículos 90 a 100 de la Ley 81 de 1960, relativos al impuesto sobre terrenos de acción urbana

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las tarifas serán aplicadas sobre el avalúo catastral de los terrenos vigentes en 31 de diciembre de cada año, en cuyo efecto las oficinas de catastro deberán discriminar el valor de los terrenos y el de las construcciones. Si solo parte de un inmueble está sometido al impuesto de acción urbana, el avalúo catastral del terreno deberá prorratearse entre las áreas gravables y no gravables. Exenciones:

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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