Micelio

Artículo 5

Resolucion 100-001882 de 2022 · Por medio de la cual se modifica la Resolución 100-000041 del 8 de enero de 2021 en virtud de las modificaciones introducidas por el Decreto 1380 de 2021 EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas en la Constitución Política en los artículos 209 y 211, la Ley 80 de 1993, la Ley 489 de 1998, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1736 de 2020 en sus numerales 34, 3

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificar el artículo 21 de la Resolución 100-000041 del 8 de enero de 2021, el cual quedará así: “ARTÍCULO

21. Despacho del Superintendente Delegado de Supervisión Societaria. Asignar al Superintendente Delegado de Supervisión Societaria la facultad de suscribir los siguientes actos: 21.1 Los actos, oficios, comunicaciones, resoluciones y, en general, cualquier tipo de documento relacionado con las funciones y competencias administrativas asignadas a esa Delegatura, sus direcciones y grupos, por las leyes, decretos y reglamentos pertinentes. 21.2 Los que resuelvan los recursos de reposición en contra de los actos proferidos en ejercicio de sus competencias. 21.3 Los que resuelvan recursos de apelación y solicitudes de revocatoria directa de actos proferidos por las Intendencias Regionales en asuntos de su competencia. 21.4 Los que resuelvan los recursos de apelación, solicitudes de revocatoria directa y pérdida de ejecutoria frente a los actos administrativos suscritos por los Directores de Supervisión Empresarial, Supervisión de Asuntos Especiales, Supervisión de Procedimientos Especiales y Supervisión de Cámaras de Comercio y sus Registros Públicos, así como por el Coordinador del Grupo de Análisis y Seguimiento Financiero. 21.5 Los que deciden de fondo los asuntos relacionados con la supervisión de cámaras de comercio, de acuerdo con las competencias asignadas expresamente en el artículo 9 del Decreto 1380 de 2021 y demás normas que le asignen funciones en la materia. 21.6 Los de trámite y decisión en única instancia de las impugnaciones que se presenten respecto de la forma como se hubiere preparado o efectuado el escrutinio o la elección de miembros de juntas directivas de las cámaras de comercio. 21.7 Los demás que sean necesarios para el desarrollo de sus funciones”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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