Servicios Marítimos A Las Embarcaciones Que Hacen Trafico De Cabotaje
Decreto 550 de 1981 · por el cual se aprueban las tarifas para los Servicios que presta la Empresa Puertos de Colombia "COLPUERTOS" y los derechos de Operación de Muelles Privados.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Servicios marítimos a las embarcaciones que hacen trafico de cabotaje. Todas las embarcaciones de cabotaje que recalen en puerto pagaran las siguientes tarifas
1.
En muelles de la Empresa : Toda embarcación de cabotaje: Por metro de eslora COL$ 20.00
2.
En fondeadero sin trabajar: Toda embarcación que haga tráfico de cabotaje pagara por fondeo: Por metro de eslora COL$ 10.00
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.