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Artículo 7

Oficina De Planeación E Información

Decreto 91 de 2010 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Oficina de Planeación e Información. Son funciones de la Oficina de Planeación e Información del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones las siguientes

1.

Orientar, coordinar y concluir los procesos de planeación estratégica y operativa del Ministerio, para la formulación del Plan de Direccionamiento Estratégico y los Planes Anuales de Acción.

2.

Diseñar las políticas, estrategias y directrices para garantizar el desarrollo e implementación de los procesos de información de la entidad y la formulación y actualización del Plan Estratégico de Informática y la gestión de TI - Tecnologías de la Información, del Ministerio.

3.

Desarrollar y mantener la Arquitectura Institucional o Empresarial del Ministerio como metodología de articulación y desarrollo organizacional, soporte e integración de los sistemas de información e implementación de estrategias de gestión del conocimiento y cultural institucional.

4.

Establecer y definir las metodologías y los procesos de planeación al interior del Ministerio, y en correspondencia a las indicaciones del Departamento Nacional de Planeación y otras instancias del Gobierno, para facilitar su incorporación en el Plan Nacional de Desarrollo y en el Presupuesto General de la Nación.

5.

Asesorar a las distintas áreas en el proceso de Planeación Institucional y en la formulación de Planes, Programas y Proyectos que se incorporan a los Planes del Ministerio.

6.

Diseñar los métodos e instrumentos de seguimiento, control y evaluación de los Planes, Programas y Proyectos del Ministerio y definir los respectivos Indicadores de seguimiento y desempeño Institucional.

7.

Implementar la Oficina de Manejo de Proyectos - PMO, con estándares y metodologías aplicables a todos los proyectos institucionales.

8.

Registrar los planes, proyectos y programas internos y sectoriales ante los entes externos correspondientes.

9.

Someter a consideración de los organismos competentes los planes y presupuestos del sector una vez aprobados por el Ministro, para que sean incorporados al Plan Nacional de Desarrollo y al Presupuesto General de la Nación.

10.

Organizar y administrar el banco de proyectos del Sector Administrativo de Comunicaciones, tramitar la inclusión de los que el Ministerio considere prioritarios en el Banco Nacional de Proyectos de Inversión y colaborar en la gestión para la obtención de los recursos pertinentes.

11.

Articular con las distintas áreas y dependencias los procesos de elaboración del anteproyecto de inversión del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de acuerdo con las directrices que al respecto dicte el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación.

12.

Apoyar al Ministro en la negociación del espacio fiscal del sector comunicaciones dentro del Presupuesto General de la Nación, lo cual se hará en articulación con todas las entidades adscritas y vinculadas que lo conforman.

13.

Hacer el seguimiento y evaluación a los compromisos adquiridos por el Ministerio y las distintas áreas, en la realización de los proyectos de inversión.

14.

Levantar y mantener actualizado el registro de todas las iniciativas de TIC a nivel nacional, las cuales podrán ser consultadas virtualmente.

15.

Administrar el sistema de información integral, con los datos, variables e indicadores relevantes, sobre el sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que facilite la fijación de metas, estrategias, programas y proyectos para su desarrollo.

16.

Coordinar los procesos de conceptualización del Sistema de Información del Sector, como también de los sistemas de seguimiento y control de Planes, Programas y Proyectos.

17.

Implementar un sistema de información técnico-referencial del sector y documental bibliográfico del Ministerio y que sirva de enlace y soporte entre redes de información técnica-documental.

18.

Hacer seguimiento a los indicadores y estadísticas del sector, divulgar los comportamientos y preparar propuestas de análisis y estudios a incorporar en planes y proyectos de investigación de las áreas responsables o de la propia oficina.

19.

Producir y emitir documentos, boletines y reportes sobre el sector de tecnologías de la información y las comunicaciones.

20.

Coordinar y apoyar los procesos del Sistema de Desarrollo Administrativo del Ministerio en el marco de la Ley 489 de 1998, y asesorar a las distintas áreas y unidades en la implementación de los distintos componentes del Sistema de Desarrollo Administrativo.

21.

Coordinar y apoyar la implementación en el Sistema Integral de Gestión de Calidad - MECI, así como de los procesos de seguimiento, control y evaluación, y formulación y seguimiento de los planes de mejoramiento.

22.

Las demás que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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