Micelio

Artículo 21

Decreto 523 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Departamento de Postgrado. El Departamento de Postgrado cumpli rá las siguientes funciones

1.

Organizar, ejecutar y controlar programas y cursos regulares de formación avanzada en los diferentes campos de la administración pública.

2.

Evaluar el diseño curricular de los programas de postgrado y proponer las recomendaciones para su mejoramiento.

3.

Desarrollar programas de Especialización, Maestría, Doctorado y de Educación Continuada.

4.

Hacer cumplir los reglamentos académicos y demás normas relacionadas con la Facultad y el Departamento.

5.

Supervisar el desarrollo de las actividades de su competencia.

6.

Cumplir las políticas académicas trazadas por los órganos directivos de la ESAP.

7.

Organizar, ejecutar y controlar la selección de matrícula y el proceso de grado de los estudiantes en coordinación con la Subdirección Académica.

8.

Organizar y controlar las actividades académicas desarrolladas por los docentes y estudiantes vinculados a los diferentes programas.

9.

Presentar las propuestas de Tesis de Grado, de acuerdo con el Reglamento Académico, para su aprobación.

10.

Desarrollar los procesos administrativos atinentes al funcionamiento de Departamento.

11.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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