La suspensión provisional será levantada previo auto que lo solicite, mediante resolución que la ordene, proferida por las autoridades descritas en el numeral anterior, en los siguientes casos:
Cuando se archive definitivamente la investigación, termine con cesación de procedimiento o haya lugar a exoneración de responsabilidad.
Por la expiración del término de la suspensión provisional sin que se hubiere terminado la investigación. En este evento, sobre el pago de la remuneración dejada de percibir, se decidirá en el fallo que resuelva definitivamente la situación del investigado.
Cuando el disciplinado fuere sancionado con suspensión de funciones, en el fallo se ordenarán las compensaciones que correspondan, según lo dejado de percibir durante el lapso de la suspensión provisional.
DE LOS PROCEDIMIENTOS
Indagación preliminar