Micelio

Artículo 13

La División De Investigaciones Económicas Desarrollara, Por Conducto De Las Secciones Que Conforme Al Artículo 7º La Integran, Las Siguientes Funciones Principales: A) Preparación De Estudios Técnicos Relacionados Con Los Aspectos Económicos De La Actividad De Las Sociedades Sometidas A Control De La Superintendencia, Y B) Elaboración De Estadísticas Referentes A Las Sociedades Vigiladas Y Preparación De La Parte Correspondiente Del Boletín Informativo De La Superintendencia

Decreto 638 de 1974 · Por el cual se revisa la organización administrativa de la Superintendencia de Sociedades

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La División de investigaciones Económicas desarrollara, por conducto de las secciones que conforme al artículo 7º la integran, las siguientes funciones principales

a)

Preparación de estudios técnicos relacionados con los aspectos económicos de la actividad de las sociedades sometidas a control de la Superintendencia, y

b)

Elaboración de estadísticas referentes a las sociedades vigiladas y preparación de la parte correspondiente del boletín informativo de la Superintendencia.

Parágrafo

La función prevista en el literal b) se ejercerá en coordinación con el Departamento Administrativo Nacional de Estadística.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 638 de 1974