Los vehículos exportados temporalmente deberán regresar al país en las mismas condiciones en que salieron, salvo el deterioro normal debido al uso. Para la importación de los equipos, accesorios, repuestos, partes y piezas adquiridos en el exterior por reparaciones urgentes, se aplicarán las normas vigentes en materia de importaciones con la obligación de pagar los derechos correspondientes.
Cuando uno de los vehículos autorizados para su exportación temporal no retornare al país, se sancionará al transportador que lo opere con la cancelación de la libreta del vehículo correspondiente, y se comunicará a las autoridades competentes de cada país, de tal hecho. Capitulo IV. Formalidades aduaneras en frontera.