Art. 2.° De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1334 del citado Código, dése cuenta al Congreso próximo con el presente decreto para la regularizacion lejislativa.
Decreto 436 de 1878 →Vigente
Artículo 1334
Del Citado Código, Dése Cuenta Al Congreso Próximo Con El Presente Decreto Para La Regularizacion Lejislativa
Decreto 436 de 1878 · Por el cual se abre un crédito al presupuesto de Gastos de la vijencia económica de 1877 a 1878, en el Departamento de Guerra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.