El Poder Ejecutivo distribuirá las precedentes sumas por departamentos, capítulos, artículos y parágrafos, conforme á los cuadros anexos al proyecto de ley "Presupuesto de Rentas y Gastos para el servicio económico de 1883 á 1884" que fue presentado por el mismo Poder Ejecutivo al abrirse las sesiones ordinarias del Congreso en el presente año; y dichos cuadros se tendrán como incorporados en el texto de la presente ley, guardándose las debidas proporciones.
Ley 31 de 1883 →Vigente
Artículo 3
Ley 31 de 1883 · Sobre presupuesto transitorio de rentas y gastos para el servicio económico de 1883 a 1884
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.