Micelio

Artículo 16

Decreto 825 de 1954 · por el cual se reglamenta el ejercicio de la optometría.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo diez y seis. Queda absolutamente prohibida la enseñanza particular de la optometría, fuera de los institutos o Facultades reconocidos por el Estado. A quien se le comprobare haber violado la presente prohibición, se le cancelará definitivamente su título o licencia y se le aplicará la sanción máxima de que trata el númeral h), del artículo primero, del Decreto extraordinario número 124 del año en curso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 825 de 1954