Artículo Cuarto. El incumplimiento de las disposiciones de exportación señaladas en este Decreto será sancionado por el Ministerio de Fomento con multas hasta de $ 5.000.00 y en caso de reincidencia con la negativa de visación de licencias al exportador infractor. Comuníquese y Publíquese.
Decreto 1307 de 1951 →Vigente
Artículo 4
Decreto 1307 de 1951 · Sobre modalidades de exportación de banano para la Zona de Alemania Occidental
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.