Artículo único . Apruébase la elevación del capital social de la Compañía Nacional de Navegación a la suma de $ 4.000.000.00, o sea en $ 1.000.000.00 más, dividido en acciones de valor nominal de $ 100.00 cada una, acordada por la Asamblea General de Accionistas de dicha empresa en sesión extraordinaria del 16 de enero del corriente año. El presente Decreto regirá desde su fecha. Comuníquese y publíquese.
Decreto 358 de 1946 →Vigente
Artículo 1
Decreto 358 de 1946 · Por el cual se aprueba un aumento del capital de la Compañía Nacional de Navegación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.