Artículo único. Apruébanse los siguientes estatutos del Instituto Nacional de Nutrición, que a la letra dicen: "ACUERDO NUMERO TRES DE 1964 (febrero 13) sobre estatutos del Instituto Nacional de Nutrición. La Junta Directiva del Instituto Nacional de Nutrición, en uso de sus facultades legales, acuerda: Son estatutos del Instituto Nacional de Nutrición los siguientes: CAPITULO I Nombre, domicilio y vinculación.
Decreto 2122 de 1964 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2122 de 1964 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Nutrición
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.