Micelio

Artículo 28

El Contralor General De La Republica Ejercerá La Vigilancia Fiscal Del Fondo A Través De La Auditoria Del Ministerio De Gobierno

Decreto 158 de 1970 · por el cual se reglamenta el artículo 28 del Decreto 3159 de 1968, sobre el Fondo de Desarrollo Comunal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Contralor General de la Republica ejercerá la vigilancia fiscal del Fondo a través de la auditoria del Ministerio de Gobierno. La Contraloría dictará un reglamento fiscal para el fondo, acorde con la naturaleza de las operaciones del mismo y con el propósito de darle la debida agilidad Administrativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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