Micelio

Artículo 11

En Caso De Que El Director Contratado Necesite De Uno O Dos Profesores Para La Enseñanza Que Está Obligado A Dar, La Remuneración De Éstos Será De Cargo De La Compañía Contratista, Pero Los Nombramientos Respectivos Los Hará El Gobierno

Decreto 29 de 1925 · Sobre fundación y funcionamiento de una Escuela de Operarios de Telegrafía y de Telefonía Inalámbricas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de que el Director contratado necesite de uno o dos Profesores para la enseñanza que está obligado a dar, la remuneración de éstos será de cargo de la Compañía contratista, pero los nombramientos respectivos los hará el Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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