° Adicióname los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación, para la vigencia fiscal de 1965, con la cantidad de dos millones quinientos seis mil setecientos ochenta y cuatro pesos con treinta cinco centavos ($2.506.784.35) moneda legal, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 4 y 5 del mismo año, expedidos por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación a los siguientes numerales: Presupuesto de Rentas e Ingresos. CAPITULO XIV Recursos del Balance del Tesoro. Numeral 149. Cancelación de reservas del Balance del Tesoro con base en recursos ordinarios, correspondientes compromisos y pasivos exigibles de la Nación de otras vigencias $ 251.500.49 Numeral 150. Cancelación de reservas en el Balance del Tesoro, con base en recursos del crédito público interno -Descuento de Pagarés en el Banco de la República- correspondientes a compromisos y pasivos exigibles dela Nación de otras vigencias 97.544.51 Numeral 151 Cancelación de reservas en el Balance del Tesoro, con base en recursos del crédito público externo, correspondientes a compromisos y pasivos exigibles de la Nación, de otras vigencias 157.739.35 Suman los, recursos $ 2.506.784.35
Decreto 909 de 1965 →Vigente
Artículo 1
Adicióname Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación, Para La Vigencia Fiscal De 1965, Con La Cantidad De Dos Millones Quinientos Seis Mil Setecientos Ochenta Y Cuatro Pesos Con Treinta Cinco Centavos ($2
Decreto 909 de 1965 · por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1965. (Ministerios de Justicia, Salud Pública, Fomento, Educación y Obras Públicas), por $ 2.506.784.35.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.