Con Cargo Al Presupuesto De La Presidencia, El Personal De La Casa Militar Al Servicio De Las Fuerzas Armadas Recibirá, Para Gastos De Representación, Sumas Mensuales, Así: A) El Jefe De La Casa Militar, El 75% De Su Sueldo Básico: B) Los Edecanes Y Oficiales, El 50% De Su Sueldo Básico: C) Los Suboficiales, El 25% De Su Sueldo Básico, Y D) Los Soldados, Marineros Y Agentes De Policía, Sesenta Pesos ($ 60
Decreto 2880 de 1968 · Por el cual se determina la planta de personal de la Presidencia de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º Con cargo al presupuesto de la Presidencia, el personal de la Casa Militar al servicio de las Fuerzas Armadas recibirá, para gastos de representación, sumas mensuales, así
a)
El Jefe de la Casa Militar, el 75% de su sueldo básico:
b)
Los Edecanes y Oficiales, el 50% de su sueldo básico:
c)
Los Suboficiales, el 25% de su sueldo básico, y
d)
Los soldados, marineros y Agentes de Policía, sesenta pesos ($ 60.00) cada uno.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.