Micelio

Artículo 65

Las Partidas De Gastos Autorizadas En Leyes Expedidas Por El Congreso Durante La Consideración Del Proyecto De Presupuesto Para El Año Siguiente, Sólo Podrán Ser Incluidas En El Presupuesto Con La Aprobación Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público, Y Con Sujeción A Las Normas Del Presente Estatuto

Decreto 294 de 1973 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las partidas de gastos autorizadas en leyes expedidas por el Congreso durante la consideración del proyecto de Presupuesto para el año siguiente, sólo podrán ser incluidas en el Presupuesto con la aprobación del Ministro de Hacienda y Crédito Público, y con sujeción a las normas del presente Estatuto. VIII. De la repetición del Presupuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 294 de 1973