Con motivo del incendio ocurrido en la ciudad de Manzanares, del Departamento de Caldas, el 18 de noviembre de 1945, que destruyo la zona central y comercial de la ciudad, la Nación contribuye con la suma de trescientos mil pesos ($300.000) para la reconstrucción de dicho sector, suma que será incluida en el Presupuesto Nacional y pagada por anualidades continuas no inferiores a cincuenta mil pesos ($50.000) por cada vigencia, hasta la concurrencia del total ordenado.
Ley 59 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Ley 59 de 1947 · Por la cual se vota un auxilio para las reconstrucciones de Manzanares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.