Micelio

Artículo 5

Ley 62 de 1945 · Por el cual se fija el personal de varios Tribunales de Distrito Judicial y de fiscalías de los mismos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Crease una plaza de Magistrado para la Sala Civil del Tribunal del Distrito Judicial de Medellín, y otra para la Sala Penal del mismo, con sus respectivos escribientes, empleados que empezaran a funcionar el 20 de enero de 1946. Cada una de estas fiscalías del Tribunal tendrá un nuevo Oficial, con el sueldo actual.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 62 de 1945