La medalla será conferida a militares, policiales, y civiles nacionales o extranjeros que por sus meritorios servicios prestados al Ministerio de Defensa Nacional, se hagan acreedores a ella. b) MEDALLA MILITAR “SERVICIOS DISTINGUIDOS A LA JUSTICIA PENAL MILITAR”
Decreto 1816 de 2007 →Vigente
Artículo 90
La Medalla Será Conferida A Militares, Policiales, Y Civiles Nacionales O Extranjeros Que Por Sus Meritorios Servicios Prestados Al Ministerio De Defensa Nacional, Se Hagan Acreedores A Ella
Decreto 1816 de 2007 · por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.