º . Modifícase el artículo 8º del Decreto 730 de 2012, el cual quedará así: Artículo 8º. Los aranceles aduaneros sobre las importaciones de mercancías no agrícolas originarias de Estados Unidos de América, comprendidas en las líneas arancelarias especificadas en la categoría de desgravación B, en el artículo 13 del presente decreto, se eliminarán en cinco etapas anuales iguales, comenzando en la fecha en que este acuerdo entre en vigor, y dichas mercancías deberán quedar libres de aranceles a partir del 1° de enero del año cinco. Tasa Base Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 5% 4,00% 3,00% 2,00% 1,00% 0,00% 10% 8,00% 6,00% 4,00% 2,00% 0,00% 15% 12,00% 9,00% 6,00% 3,00% 0,00% 20% 16,00% 12,00% 8,00% 4,00% 0,00% 35% 28,00% 21,00% 14,00% 7,00% 0,00%
Decreto 1546 de 2012 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1546 de 2012 · por el cual se modifica el Decreto 730 del 13 de abril de 2012, por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Pro-moción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.